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Herencia bloqueada. Hay salidas antes de llegar al juzgado.
Cuando un heredero no firma, no contesta o se niega a vender, la herencia se queda parada y los gastos siguen corriendo. La ley ofrece herramientas para obligar a responder o para hacer el reparto sin un pleito.
- Plazo clave
- 30 días para que el heredero decida
- Ante quién
- Notaría y resto de herederos
- Precio
- Desde 350 € + IVA
Qué está bloqueando su herencia
| Situación | Salida |
|---|---|
| Un heredero no dice si acepta o renuncia | Interpelación notarial: el notario le da 30 días para decidir |
| No hay acuerdo para hacer el reparto | Contador-partidor dativo nombrado por notario |
| Un hermano no quiere vender la casa | Propuesta formal de adjudicación, compra de su parte o venta conjunta |
| Ya se está pensando en demandar | Negociación previa, obligatoria desde abril de 2025 |
Si un hermano no quiere vender la casa heredada
Ningún copropietario está obligado a seguir en la copropiedad, según el artículo 400 del Código Civil. Pero forzar la venta exige un procedimiento judicial de división, largo y caro para todos.
Antes de llegar ahí hay opciones que suelen funcionar mejor:
- Que uno de los herederos se quede la vivienda y compense a los demás en dinero.
- Que quien quiere salir venda su parte. Los demás copropietarios tienen preferencia para comprarla.
- Una propuesta formal de venta conjunta, con precio y plazo, que deje constancia de quién bloquea.
Lo explicamos con detalle en hermano que no quiere vender la casa heredada. Si además vive en ella sin compensar a los demás, vea heredero que vive en la casa.
Desde abril de 2025, antes de cualquier demanda hay que acreditar un intento de negociación. Ese escrito es, en todo caso, el primer paso.
Qué hacemos
Revisamos el testamento o la declaración de herederos, identificamos qué bloquea la herencia y redactamos el escrito que corresponde: la solicitud al notario, la propuesta de reparto o la oferta formal al otro heredero. Antonio Matías revisa cada escrito antes de enviarlo.
¿Es su caso? Le decimos qué se puede hacer y cuánto costaría.
Revisar mi casoPreguntas frecuentes
¿Puede un heredero bloquear la herencia para siempre?
No. Con la interpelación notarial se le obliga a pronunciarse en 30 días naturales y, si no lo hace, se entiende que acepta la herencia.
¿Hace falta el acuerdo de todos para repartir?
Para un reparto amistoso, sí. Si no lo hay, los herederos que sumen al menos la mitad del haber hereditario pueden pedir al notario un contador-partidor dativo.
¿Hay que ir a juicio?
Muchas veces no. Y si al final hiciera falta, la ley exige antes un intento de negociación que también preparamos.
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Actualizado el 18 de octubre de 2026. Fuentes oficiales: Código Civil, arts. 400, 1005 y 1057, Ley Orgánica 1/2025. Información orientativa: cada caso se revisa de forma individual.