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Extinción de condominio. Uno se queda la vivienda y compensa a los demás.

Cuando una vivienda es de varias personas, porque la heredaron, la compraron en pareja o entre familiares, la salida más limpia es que una se la adjudique entera y pague a las demás su parte. Bien planteada, tributa bastante menos que una compraventa.

Cuándo
Hay acuerdo sobre quién se la queda
Ante quién
Notaría y Registro de la Propiedad
Precio
Desde 350 € + IVA, notaría aparte
Revisar mi caso sin costeLe respondemos en 24 horas.

Cómo funciona

  1. Se acuerda quién se queda la vivienda y qué valor tiene.
  2. Quien se la adjudica paga a los demás su parte en dinero.
  3. Se firma la escritura ante notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad.
  4. Se presentan en plazo los impuestos que correspondan.

Si la herencia todavía no se ha repartido, lo mismo puede hacerse en la propia partición: uno recibe la casa y compensa a los demás en dinero (artículo 1062 del Código Civil).

Los impuestos, en general

ImpuestoQué suele ocurrir
Transmisiones o Actos Jurídicos DocumentadosSi la vivienda no se puede dividir y se compensa en dinero, normalmente tributa por Actos Jurídicos Documentados, con un tipo reducido que fija cada comunidad, y no como una compraventa.
Plusvalía municipalEn general no se paga, porque no se considera una transmisión. Algunos ayuntamientos la liquidan igualmente, y entonces se recurre.
IRPF de quien recibe el dineroPuede haber ganancia si se actualiza el valor respecto al que figuraba en la herencia. Conviene calcularlo antes de firmar.

Cada comunidad tiene sus tipos y sus criterios. Por eso calculamos los impuestos con su normativa antes de que nadie firme.

Si no hay acuerdo

Si nadie quiere quedarse la casa o no hay acuerdo sobre el precio, las salidas son la venta a un tercero o, como último recurso, la división judicial, que exige antes un intento de negociación previa. Lo explicamos en hermano que no quiere vender la casa heredada.

Qué hacemos

Revisamos la escritura de herencia y la de la vivienda, proponemos una valoración que pueda justificarse y calculamos los impuestos de cada parte con la normativa de su comunidad. Preparamos la propuesta para los demás copropietarios y la documentación para la notaría.

¿Va a quedarse la casa o a cobrar su parte? Le decimos cuánto supondría en impuestos antes de firmar.

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Preguntas frecuentes

¿Hace falta notario?

Sí. La extinción de condominio de un inmueble se formaliza en escritura pública para poder inscribirla en el Registro de la Propiedad.

¿Y si la casa tiene hipoteca?

Hay que contar con el banco. Quien se queda la casa suele asumir el préstamo, y el banco tiene que aceptar que los demás salgan de él.

¿Qué valor se pone a la vivienda?

El que acuerden los copropietarios, pero Hacienda puede comprobarlo. Conviene partir de una valoración que pueda justificarse, sobre todo si es inferior al valor de referencia del Catastro.

¿Cuánto cuesta?

La propuesta, el cálculo de impuestos y la documentación, desde 350 € + IVA. Notaría, registro e impuestos van aparte.

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Actualizado el 18 de octubre de 2026. Fuentes oficiales: Código Civil, arts. 400 y 1062, Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Información orientativa: cada caso se revisa de forma individual.

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