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Grado de dependencia o de discapacidad. Si se queda corto, se puede recurrir.
El grado reconocido decide las ayudas, los servicios y las ventajas fiscales. Si no refleja la situación real, hay un plazo corto para recurrirlo y, si empeora, se puede pedir la revisión.
- Plazo
- 1 mes en dependencia, 30 días hábiles en discapacidad
- Ante quién
- Servicios sociales de su comunidad
- Precio
- Desde 350 € + IVA
Qué se puede hacer
| Situación | Escrito | Plazo |
|---|---|---|
| Le han dado un grado de dependencia más bajo del que corresponde | Recurso de alzada o de reposición, según su comunidad | 1 mes |
| No está de acuerdo con su grado de discapacidad | Reclamación previa | 30 días hábiles |
| Su situación ha empeorado | Solicitud de revisión de grado | Cuando se produzca |
| Pasan los meses y no resuelven | Reclamación por falta de respuesta | Pasados 6 meses |
Por qué importa el grado
El grado de dependencia decide qué ayudas y servicios recibe la persona y su familia. El grado de discapacidad, a partir del 33 %, abre deducciones fiscales y otras ventajas. Unos pocos puntos de diferencia cambian mucho el resultado.
Los recursos que prosperan suelen apoyarse en informes médicos y sociales concretos sobre lo que la persona no puede hacer sola.
Qué hacemos
Revisamos la resolución, el informe de valoración y los informes médicos. Preparamos el recurso o la reclamación con los argumentos y la prueba que los sostienen, y la solicitud de revisión cuando la situación ha empeorado.
¿El grado no refleja la situación real? Revisamos la resolución sin coste.
Revisar mi casoPreguntas frecuentes
¿Presentar el recurso paraliza las ayudas que ya tengo?
No. Las prestaciones y servicios reconocidos se mantienen mientras se resuelve el recurso.
¿Y si no me contestan?
La comunidad tiene seis meses para resolver. En discapacidad, si no responde, la solicitud se entiende denegada y se puede reclamar igualmente en 30 días hábiles.
¿Cuándo puedo pedir la revisión del grado?
Cuando la situación empeora de forma permanente o hubo un error en la valoración. En discapacidad, si el grado es definitivo, deben pasar dos años desde la resolución, salvo cambios importantes.
¿Necesito informes médicos nuevos?
Ayudan mucho. Le decimos qué informes refuerzan el recurso y cómo pedirlos.
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Actualizado el 18 de octubre de 2026. Fuentes oficiales: Ley 39/2006 de dependencia, Real Decreto 888/2022 de discapacidad, Ley 39/2015, art. 121 (recurso de alzada). Información orientativa: cada caso se revisa de forma individual.